Registro de Obras de Software

Protección de programas informáticos y desarrollos tecnológicos

Nuestra sociedad depende, hoy en día, de la tecnología informática. Los contínuos desarrollos en materia de sistemas informáticos, generan la necesidad de protección de los derechos de autor de los mismos.

Si bien la Ley de Patentes en Argentina excluye de la patentabilidad a los programas de ordenador, los programas informáticos, ya sean en su forma de código fuente u objeto, están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual.

Hay dos formas de registro: Depósito en Custodia de Obras Inéditas (uso personal o empresarial) y Depósito en Custodia de Obras Publicadas (distribuidas al público).

¿Desarrolló un software que necesita proteger?

contact_mail Consultar sobre registro de software